Amparo de Salud · Cirugía

Una jubilada docente recuperará la vista: la Justicia ordenó cubrir su cirugía al 100%, con las lentes que indicó su médico

No podía leer, reconocer rostros ni moverse con seguridad. Su obra social respondía con silencio, autorizaciones parciales e insumos distintos a los prescriptos. Hicieron falta dos amparos.

Nuestra clienta, una jubilada docente de 66 años, veía apagarse su mundo de a poco: cataratas en ambos ojos, agravadas por un alto astigmatismo. Dificultad para leer, para reconocer caras y carteles, para desplazarse sin riesgo de caídas. Su única fuente de ingresos, un haber jubilatorio que hacía imposible costear la cirugía de su bolsillo.

Su oftalmólogo fue preciso: cirugía de cataratas en ambos ojos con implante de lentes intraoculares tóricas — el tipo específico de lente que su astigmatismo requiere para no quedar con mala visión residual.

Un camino de obstáculos que exigió dos amparos

La conducta de la obra social fue un manual de dilaciones: autorizaciones tardías y parciales para los estudios prequirúrgicos —que ya habían obligado a un primer amparo ganado ante el mismo juzgado—, y después, ante el pedido de la cirugía, silencio absoluto: ni autorización, ni rechazo fundado, ni auditoría médica. Nada.

En el juicio, la obra social afirmó que «todo estaba autorizado». Pero la documentación que acompañó no se correspondía con la cirugía prescripta ni con las lentes indicadas. El juez lo advirtió y fue terminante.

La regla de oro que fijó la sentencia

«Las obras sociales no pueden evaluar la conveniencia o no de una prestación acordada por el médico de cabecera del paciente cuando éste justifica debidamente su necesidad, ya que es el único responsable de las prescripciones que emite.»
De la sentencia — Juzgado Federal de Victoria, agosto de 2026

El fallo ordenó la cobertura inmediata, integral y al 100% de la cirugía en ambos ojos, con las lentes tóricas prescriptas, incluyendo insumos, honorarios médicos y gastos sanatoriales, e impuso las costas a la obra social.

Qué significa este caso para vos

Si tu obra social te ofrece «algo parecido» a lo que tu médico indicó —otra prótesis, otra lente, otra marca, otra droga— tenés derecho a exigir exactamente lo prescripto. La indicación del médico tratante manda, y ningún auditor administrativo puede sustituirla. Y si la respuesta es el silencio, ese silencio también se lleva a la Justicia.

Nota de transparencia: este artículo relata un caso real tramitado por nuestro estudio, sobre la base de la sentencia dictada, que es de registro público. Los datos personales del cliente fueron anonimizados para proteger su privacidad. Cada causa es única: los resultados obtenidos en un caso no garantizan resultados idénticos en otros, que dependen de sus circunstancias particulares.